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/ Corte Suprema anula cláusulas abusivas sobre productos y servicios financieros

13 de Diciembre, 2018

La Corte Suprema anuló, declarando abusivas, cláusulas sobre productos y servicios financieros, condenando en consecuencia a una entidad bancaria a pagar una multa por haber infringido la ley del consumidor.

¿Qué cambios trae la nueva ley Sernac para estos casos?

Recientemente entró en vigor la ley de “Fortalecimiento del Servicio Nacional del Consumidor”. Aunque la mayor parte de la reforma entrará en régimen el 14 de marzo de 2019, algunas disposiciones entrarán en vigencia escalonada en distintas regiones del país a los 12, 18 y, terminando su completa entrada en vigor, a los 24 meses desde su publicación, en la Región Metropolitana.

Dentro de otros cambios, se aumentan las multas en forma significativa y se establece un sistema de determinación del monto de las multas y una serie de atenuantes y agravantes a tomar en consideración al momento de aplicar la multa. Si bien en el citado caso, fallado el 29 de noviembre de 2018, la multa no fue de gran cuantía (50 UTM, que es lo máximo que se puede cobrar bajo la actual ley), la nueva ley establece que las multas por sanción general aumentan a 300 UTM; aumenta los plazos de prescripción hasta dos años; e introduce la posibilidad de que los consumidores soliciten indemnización de perjuicios por daño moral en procedimientos colectivos.

¿Cómo puede mi empresa evitar situaciones de este tipo?

Con la nueva ley, las facultades del Sernac se amplían, estando además facultado para requerir a los proveedores cualquier documento, libro o antecedente que sea necesario para su fiscalización; citar a declarar a sus representantes legales, administradores, asesores, así como también a sus dependientes sobre hechos sometidos a estos procedimientos, haciendo más exhaustivos estos procesos.

La declaración de nulidad de cláusulas por ser abusivas obliga a revisar y adaptar los contratos actualmente utilizados, de modo de adoptar los resguardos debidos en concordancia con la ley y los criterios judiciales recientes, con el fin de evitar situaciones como las descritas. Además, la revisión de los contratos con los consumidores puede incorporarse como parte del plan de cumplimiento que la ley establece como atenuante de futuras multas, y que debe ser presentado en Sernac para su aprobación.

Conozca más sobre la nueva ley Sernac