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/ Inversión directa en private equity- Norma de pensiones publicada para recibir comentarios

29 de Junio, 2017

El 22 de junio 2017 la Superintendencia de Pensiones de Chile (SP) publicó para recibir comentarios el borrador de norma que regula la modificación introducida por la Ley 20.956 a la ley de pensiones (DL 3.500) que permitiría a los fondos de pensiones invertir directamente en fondos de capital privado (private equity) extranjeros y coinvertir con tales fondos (haga click aquí para ver nuestro boletín anterior sobre esta modificación legal).

Entre otras materias, la norma propuesta exige que los gestores extranjeros (General Partners – GPs) no solo estén inscritos en el extranjero ante un regulador de valores ubicado en un país con riesgo soberano de al menos A+, sino que también sean aprobados por la Comisión Clasificadora de Riesgo de Chile (CCR). Esto puede representar un problema para GPs que son parte de un grupo de GPs relacionados.

La aprobación de los GPs por parte de la CCR también será necesaria si un fondo de pensiones invierte a través de un fondo de inversión chileno inscrito ante la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile (SVS) y administrado por una sociedad también inscrita ante la SVS (conocidos como “feeders”). Esto significa una carga innecesaria para los GPs considerando que ya son sometidos a una profunda auditoría o due diligence de parte de las administradoras de fondos de pensiones (AFPs).

Adicionalmente, los GP requerirán tener una experiencia mínima de 10 años en la administración de esta clase de activos. Sin embargo, la norma propuesta no especifica cómo se contará esta experiencia, y por ende, no está claro si se tomará en cuenta la experiencia a nivel de grupo, a diferencia de lo que sí se hace en la normativa de la CCR respecto de otros tipos de fondos.

Asimismo, los GPs deberán presentar a la SP informes trimestrales sobre comisiones usando el estándar de la Institutional Limited Partners Association (ILPA); y con la misma periodicidad deberán informar las valorizaciones de las inversiones y la metodología usada para su cálculo.

Las AFPs deberán asegurarse que las inversiones de los fondos de pensiones en esta clase de activos sean custodiadas por los mismos tipos de custodios autorizados respecto sus demás inversiones. Además, se requerirá contratar una opinión legal sobre la validez, existencia e integridad de las inversiones en estos fondos de private equity.

La norma propuesta contiene un límite máximo para todas las inversiones en fondos de private equity (incluyendo aportes comprometidos u objeto de promesas) y deuda privada, límite que varía en forma decreciente según el tipo de fondo de pensiones (7% en caso del Fondo Tipo A bajando hasta 2% en el caso del Fondo Tipo E), sea que la inversión se haga en forma directa o a través de un “feeder” chileno. Se había esperado un límite más holgado considerando que la propia ley prevé que se pueda destinar hasta un 15% de los recursos de los fondos de pensiones en activos alternativos (que también incluyen concesiones de infraestructura chilenas). También causa cierta decepción el que se limite a un 2% las inversiones que se hagan en fondos de private equity (incluyendo co-inversiones) administrados por un mismo GP.

El plazo para entregar comentarios a la SP sobre este borrador de norma vence el 21 de julio de 2017.

Felipe Cousiño, socio

Nicole Cartier, asociada senior