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15 de marzo, 2018

Por primera vez y por razones de salud pública:

Chile discute el uso de licencias no voluntarias para la explotación de una patente

Leer Resolución N°399

El 9 de marzo de 2018, la Ministra de Salud saliente dictó la Resolución Nº 399, por la cual señala que existen razones de utilidad pública para justificar que se concedan una o más licencias no voluntarias respecto de patentes de invención actualmente vigentes y dirigidas a proteger el principio activo Sofosbuvir, así como sus combinaciones con otros retrovirales de acción directa, útiles en el tratamiento de la hepatitis C crónica.

La Resolución concluye indicando que el Ministerio de Salud tomará las medidas conducentes a tal propósito, lo que en la práctica se traduce en la posibilidad de interponer una demanda de licencia no voluntaria ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI), con base en el artículo 51 de la Ley No. 19.039 sobre Propiedad Industrial y al menos en contra de dos patentes ya registradas para el principio activo Sofosbuvir, de las que GILEAD PHARMASSET LLC. es titular en Chile: Registros Nº 49.840 y Nº 51.404.

Esta Resolución es la primera de su tipo en Chile y responde a una iniciativa presentada por pacientes, parlamentarios y la Corporación Innovarte, mediante una carta dirigida por estos al Ministerio de Salud con fecha 17 de marzo de 2017, en la que se discurre sobre la problemática de la salud de los pacientes de hepatitis C en Chile. En dicha carta se enfatiza el alto costo de los medicamentos disponibles en el mercado local para su tratamiento, versus fármacos “alternativos” de fabricación extranjera, cuyos precios, se alega, podrían ser hasta 90% más económicos que los que actualmente costean tanto pacientes en centros de salud privados, como el Estado en su rol de comprador de medicamentos para abastecer centros de salud públicos, ya que la hepatitis C se encuentra incluida dentro de las patologías cubiertas por las Garantías Explícitas de Salud (Auge-GES).

No obstante, dado que el pasado 11 de marzo de 2018 el nuevo Presidente y su gabinete tomaron posesión de sus cargos, es factible que bajo el escrutinio de las nuevas autoridades esta Resolución y la significativa discusión que plantea respecto del balance entre el interés público y privado, conduzca a un análisis más pormenorizado sobre algunos aspectos respecto de los cuales ya debaten los interesados en el tema:

· Proporción real/actualizada de pacientes afectados en Chile por la enfermedad, así como su prognosis en caso de adoptar el tratamiento con Sofosbuvir y sus combinaciones con otros retrovirales de acción directa.

· Prevalencia o no de la enfermedad en Chile a nivel endémico, como para fundar razones de extrema urgencia que demanden medidas del mismo orden (por ejemplo, otorgamiento de licencias no voluntarias para la fabricación, importación, venta y/o distribución de un principio activo y/o combinaciones farmacéuticas protegidas por una o más patentes en el territorio nacional).

· El alto costo de bolsillo que, en el mercado chileno, tiene especialmente el acceso a la salud, en virtud de un aparente desbalance entre la disponibilidad de subsidios estatales ampliados y la falta de una regulación que garantice el copago significativo entre las aseguradoras privadas y el paciente, ante prestaciones de salud, medicamentos e insumos médicos de todo orden, pero muy particularmente en el caso de patologías complejas y de alta sensibilidad social como ésta.

Por el momento, existen medidas de carácter administrativo que GILEAD PHARMASSET LLC. y otros interesados podría impetrar contra este nuevo Ministerio de Salud, en búsqueda de una reconsideración sobre la Resolución en comento, sin descartar mecanismos alternativos de solución a este conflicto que, por primera vez en Chile, pone en la palestra la herramienta jurídica de las licencias no voluntarias para la explotación de una patente por razones de salud pública.

Francesca Rodríguez S.

Asociada Senior

Alessandri