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/ Celulares: ¿derecho fundamental?. Columna de Rodrigo Velasco Alessandri en Pulso

26 de Junio, 2012

El acceso y en particular la privacidad de las comunicaciones es un derecho fundamental de las personas, que debe ser ponderado considerando los distintos grados de privación de libertad y ciudadanía, tal como sucede con el derecho a recibir visitas o el controversial ?derecho conyugal? de la población penal.

Indignación, violencia y frustración entre la población penal fue el esperable resultado de la implementación de los primeros sistemas de inhibición de telefonía móvil en nuestras cárceles. El propio ministro de Justicia comprobó, entre rechiflas y gritos de los reclusos, el funcionamiento de las antenas recién instaladas, que persiguen evitar los delitos, engaños y llamadas extorsivas realizadas habitualmente desde dentro de los penales.

La medida es tendencia mundial: en México una ley de marzo pasado aprobó el bloqueo a nivel nacional, obligando además a los concesionarios de telecomunicaciones a asistir al Ministerio Público en la localización de llamadas delictuales. En Estados Unidos, desde 2010 se han puesto en marcha diversas iniciativas, que incluyen tanto la inhibición -o “jamming” de señales- como técnicas de detección, acceso restringido y monitoreo de llamadas.

Aunque prácticamente no se han escuchado críticas a estas medidas, el acceso y en particular la privacidad de las comunicaciones es un derecho fundamental de las personas, que debe ser ponderado considerando los distintos grados de privación de libertad y ciudadanía, tal como sucede con el derecho a recibir visitas o el controversial “derecho conyugal” de la población penal.

Junto con asegurar la no interferencia a los ciudadanos vecinos de las cárceles, deben evaluarse alternativas como las que en Europa han permitido instalar redes especiales, con acceso a páginas web o números telefónicos previamente aprobados y monitoreados, en beneficio de la reinserción social de los presos menos peligrosos.

Incluso más allá del derecho penal, la extensión del uso de alteradores de señal implicará nuevos desafíos, desde los crecientes problemas de privacidad de usuarios de redes móviles, o la notoria informalidad con que hoy se comercializan por Internet dispositivos para alterar o intervenir señales de telefonía (como accesorio para investigadores o “espías”), hasta el nuevo “derecho” a impedir el uso de celulares en teatros, salas de clases, conferencias o recintos de cualquier tipo, que consideren alteradas sus legítimas actividades por la masiva conectividad de nuestros días.